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sábado, 18 de enero de 2014

Plan de la Patria

Estimados compañer@s,

Acá les comparto el Plan de la Patria, visto que es nuestro Plan Rector conjuntamente con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes especiales que rigen la materia, en todo el ámbito de la Gerencia y la Administración Pública.

Saludos cordiales!!!
Ley del
Plan de la Patria
Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico 
y Social de la Nación 2013-2019
Publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 
No. 6.118 Extraordinario, 4 de diciembre de 2013


15 comentarios:

  1. Buen día, el día jueves 23 de enero en la tarde los estudiantes del PNF Sistemas e Informática del trayecto inicial de la UPTJFR expondrán los objetivos del Plan Patria y entregaran propaganda. Saludos Yerina Rodríguez

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    1. hola buen dia en que sede ?

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    2. Excelente actividad, seria bueno señalar en que parte será la exposición y la hora.

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  2. VISION FUTURISTA DEL PLAN DE LA PATRIA 2013-2019
    Los mecanismos, procedimientos y protocolos, en cierta forma, no son el problema de la administración pública, el verdadero problema radica en la incompetencia e ineficiencia de particulares (gerentes o empleados), lo que a la larga perjudica a la administración pública. Se podrían crear nuevos mecanismos, procedimientos y protocolos, aún mucho más estrictos, dinámicos y/o explicitos, pero al no corregir las anomalías del individuo, seguirían las fallas en el sistema. La educación es una de las formas que podrá subsanar este grave problema que vive la admón. pública vzlana. pero no será hasta que las generaciones futuras demuestren esta teoria.
    Prácticamente es un problema de cultura, díficil y complejo de erradicar, pero no imposible.
    Como mencione con anterioridad, son las conductas particulares que empañan la gestión de un gerente o de un empleado de la administración pública. Por ejemplo: Una persona logra hacerse de un cargo político o es nombrado gerente o secretario ejecutivo u obtiene un cargo en la administración pública de un ente gubernamental, desde el mismo día de inicio en el cargo, desatiende al colectivo y en contraparte trata por todos los medios de enriquecerse lo que lo conlleva a actos de corrupción.

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  3. Buenas tardes estimados camaradas, hoy se abre una nueva sala de conversatorio que a todos nos debe importa con es la gerencia pública, doy gracias a la profesora Vanezza Reyes por encaminar a este grupo multidisciplinario a estimular un cambio fundamental en la administración pública tiendo como norte los derechos económicos y sociales para dar una mayor calidad de vida a nuestro entorno. Luis E. Diaz H.

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  4. Hola a todos: Muy contenta por la oportunidad de intercambiar en este espacio, las inquietudes, aspiraciones, sueños, expectativas que nos permitirán ir construyendo colectivamente, una propuesta que responda a alguna o a varias de las tantas y tantas necesidades que tiene nuestra gran y querida comunidad, entiéndase, país. Comenzare diciendo, algo que se ha dicho hasta la saciedad, en muchos procesos vividos por pueblos en el mundo entero y también en nuestro país. Para que haya verdadera revolución, tiene que ser cultural. Ademas de derribar estructuras, hay que construir el hombre y la mujer nueva. Nuestra sociedad debe y tiene que ser organizada de otra manera, pero los métodos, las técnicas, normas, procedimientos, vías, leyes, decretos, proyectos, planes, tienen como eje central el hombre y la mujer. Somos la sabia vital, la sustancia necesaria para que estos cobren vida. La tarea entonces, es en primera instancia, iniciar un proceso de transformación en nosotros mismos y desde ese pequeño espacio donde nos desenvolvemos, ademas de cumplir con nuestras responsabilidades, tender puentes, elaborar redes, conectarnos a otro a otros y otros de manera tal que podamos en un tiempo no muy lejano, darle a nuestro pueblo mayor estabilidad y " la mayor suma de felicidad posible"

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  5. porque no nos ha dado Dios espiritu de cobardia,sino de poder, de amor y dominio propio. 2 Timoteo 1:17

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    1. Sobre todo pienso que los PLANES deben hacerse con la acción y el corazón ...porque : Ningún acto que se haga con bondad , por mas pequeño que sea , quedara sin dar frutos " Esopo "

      Comenta : Jfco Javier

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  6. CONSTRUIR UNA SOCIEDAD IGUALITARIA Y JUSTA.
    Vivimos en un mundo complejo, los fenómenos se suceden con rapidez planteando nuevos retos a los que las sociedades deben ofrecer repuestas.
    Venezuela esta en un proceso de transición al modelo socialista, en busca de la transformación de una educación justa e igual en todos los niveles (inicial, básica, media y universitaria). Este sistema juega un papel importante en la construcción de una sociedad llena de conocimientos nuevos, críticos y con culturas diferentes, planteando así una integración educativa.
    La educación para la innovación requiere de docentes capacitados, con herramientas de formación constantes, que permitan buscar nuevos valores y principios, capaces de orientar y garantizar una educación con los nuevos postulados en el marco de la transformación social a los individuos, a través de la reflexión y toma de decisiones acertadas.
    Hoy día gracias al proceso revolucionario, que reoriento las políticas educativas sin exclusión, se tienen los programas de las misiones para todos, donde el pueblo es el beneficiario, y el nuevo estado ofrece y garantiza una formación justa y de calidad, gratuita, liberadora y con pensamiento propio, facilitándole los recursos que estén a su alcance.
    De esta manera, se construiría una sociedad igualitaria y plena de equidad y de justicia, es la que Venezuela, como pueblo necesita y que lucha por ese modelo donde todos tengamos la mayor suma de felicidad posible, el socialismo.

    Leivys Colmenares

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  7. Asegurar la formación colectiva en los centros de trabajo, asegurando su incorporación al trabajo productivo, solidario y liberador.
    Para desaprender los postulados del viejo esquema capitalista, es necesario asumir con visión revolucionaria los retos que plantea la construcción del socialismo del siglo XXI, para ello es indispensable la preparación y organización del pueblo en cada uno de sus espacios, es decir, se busca que cada institución y colectivo, capaciten a cada uno de sus integrantes a fin de incorporarlos y adiestrarlos en el trabajo productivo, solidario y liberador, buscando así el desarrollo y la transformación del país. Se está claro que no existe una receta o manual para construir un socialismo, sin embargo, es indispensable asumir el reto como lo planteaba, el maestro de maestro Simón Rodríguez, "Nadie hace bien lo que no sabe; por consiguiente nunca se hará República con gente ignorante, sea cual fuere el plan que se adopte."
    Jannet Guanipa

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  8. Buenas tardes, con respecto a los objetivos del Plan de la Patria números 3 y 11, puedo comentar, que desde el año 1999, se han venido construyendo las bases constitucionales y legales que nos van a permitir la existencia y el desarrollo técnico de la Seguridad Agroalimentaria en nuestro país, (por leyes no nos podemos quejar), se han sancionado nuevas leyes, se han derogado y se han modificado otras.
    La seguridad agroalimentaria de la población se ha establecido con carácter y rango constitucional por primera vez en la historia de nuestro país, en la Constitución del año 1999, enfocada principalmente a atender el abastecimiento inmediato de los suministros de bienes básicos y a crear la base productiva interna, capaz de enfrentar en el mediano plazo la insuficiencia de la producción nacional de alimentos, sustituyendo la economía agropecuaria de puerto representada por la inmensa cantidad de importaciones dentro del ramo alimenticio con ocasión a la implementación de políticas que en el pasado conllevaron al abandono del campo. De allí el objetivo estratégico de garantizar la soberanía económica de la nación mediante el desarrollo del campo.
    Seguidamente en el año 2001, se sancionó La ley de tierras y Desarrollo Agrario Modificada en el 2005 y nuevamente en el 2010.
    En el año 2008, es sancionada Ley de Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria (LOSSA), dictada como consecuencia de la ley que autorizó al Presidente de la República Hugo Chávez para dictar Decretos con fuerza de ley en las materias delegadas.
    De las 26 leyes habilitantes, sancionadas por el Presidente Chávez en julio del 2008, cinco tienen que ver con la Agricultura y con la Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, puedo mencionar otras leyes que vienen a reforzar directa o indirectamente los postulados constitucionales, las aspiraciones del Plan de la Patria 2007-2013 y el Plan vigente 2014-2019, relativos a la Seguridad Y Soberanía Agroalimentaria a saber: Decreto Ley del Banco Agrícola (2008), Decreto Ley de Salud Agrícola Integral (2008), Decreto Ley de Beneficios y Facilidades de Pago para las Deudas Agrícolas y Rubros Estratégicos para la Seguridad y Soberanía Alimentaria (2008), Decreto Ley de Crédito para el Sector Agrario (2008), Ley de Bosques y Gestión Forestal (2008), Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (2008), Decreto Ley de costos y precios justos (2011), modificada 23-01-2014, Ley de Aguas (2007), Ley General de Marinas y Actividades conexas (2002), Ley del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (2000), Ley de Mercadeo Agrícola ( 2002), Ley Orgánica del Ambiente (2006), Ley Orgánica de las Comunas (2010), Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009), Ley Orgánica de Contraloría Social (2010), Decreto Ley Especial de Asociaciones Cooperativas con su reglamento (2001), Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos (2008), Ley de Pesca y Acuicultura (2003), Ley de Semillas, Material para la Reproducción Animal e insumos Biológicos (2002), Ley de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas (2006), Ley Orgánica de Planificación Pública Popular (2010), Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (2010).

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  9. A través de estas leyes, específicamente la LOSSA, el Estado ejerce una función pública de regulación en el ámbito económico, siendo importante el contenido de esta función, las modalidades y sus límites. La regulación económica, es considerada hoy, a decir de José Araujo Juárez, la manifestación más significativa del intervencionismo público, expresa el citado autor que en el vocabulario político y económico contemporáneo, el término regulación es frecuentemente empleado para caracterizar tal o cual intervención pública que tenga por objeto ordenar en función del interés público, el comportamiento de los actores de la vida económica y social. Es el nuevo paradigma de la teoría general de la intervención del estado, cuyas técnicas cambian y se transforman según las circunstancias y estructuras socioeconómicas; pero históricamente la intervención del estado es imprescindible para el funcionamiento de la sociedad, la función de regulación busca el equilibrio entre intervención pública y libertad; la armonía entre los derechos y libertades de las personas (naturales y jurídicas) y la economía en general.
    Se precisa, la definición de regulación desde el punto de vista jurídico, (JOSE ARAUJO JUAREZ) “como un conjunto de normas o de acciones especificas, impuesta por una autoridad pública, que interfieren directamente en el mecanismo de asignación de recursos en el mercado o indirectamente, alterando las decisiones de demanda y oferta de los consumidores y empresas”
    Para el derecho administrativo moderno, la regulación debe ser el instrumento previo de cualquier actividad de intervención pública en las actividades privadas, siendo funciones esenciales del Estado desarrollar la base institucional y el ordenamiento jurídico para el ejercicio de las actividades humanas sociales y económicas. Hasta los momentos se ha desarrollado el ordenamiento jurídico, sin embargo en cuanto a la base institucional tenemos mucho por hacer…
    Mediante la función de regulación económica del estado, se establecen barreras que afectan el desarrollo de las actividades de funcionamiento de los mercados en mayor o menor grado dependiendo del ámbito de regulación, hoy observamos crisis en el ámbito empresarial privado, por cuanto este sector está acostumbrado a desarrollar sus actividades con muy poca regulación, de hecho se han cerrado muchas empresas, algunas porque no aceptan el hecho de que la actividad debe ser supervisada y controlada para garantizar un bien mayor como lo es la alimentación, derecho humano vinculado directamente con el derecho a la vida.
    Por otra parte, racionalizar la regulación, implica la introducción de una nueva filosofía de cooperación entre la Administración y los administrados en el procedimiento administrativo para el otorgamiento de habilitaciones administrativas como autorizaciones, permisos, licencias, entre otros, que al propio tiempo resguarda los intereses públicos y los derechos de terceros; lo cual apuesta a un modelo de regulación basado en estímulos positivos, de carácter consensual y participativo, en la que es posible la transferencia a organizaciones sociales de determinadas funciones regulatorias del Estado, para el control de actividades de interés general.
    Al estudiar y analizar la LOSSA, considerando y tomando en cuenta los aspectos teóricos antes esbozados, a la luz de la Regulación económica como función del Estado, y en el marco de la construcción del estado Social de justicia y bienestar que

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  10. enuncia la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en un sistema económico que debe tener como características esenciales la justicia y la equidad, donde la preeminencia es el derecho fundamental a la alimentación y no la libre competencia, se distinguen los siguientes aspectos de importancia de este Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, en cuanto a cómo se materializa esa función regulatoria del Estado en la economía y específicamente en el sector de la actividad agroalimentaria, se plantean algunas líneas gruesas a saber:
    1. La declaratoria de Orden Público, utilidad pública e interés social de las actividades que aseguren la disponibilidad y acceso oportuno a los alimentos inocuos, de calidad y en cantidad suficiente a la población, así como los bienes necesarios con los cuales se desarrollan dichas actividades.
    Se trata de una disposición legal, que conlleva y establece acciones especificas en la que la autoridad pública interfiere en la actividad agroalimentaria, pudiendo decretar por motivos de seguridad agroalimentaria, la adquisición forzosa de los bienes que aseguren la disponibilidad y acceso oportuno a los alimentos de calidad y en cantidad suficiente a la población, así como las infraestructuras necesarias, para el desarrollo de las actividades de producción, intercambio, distribución, comercialización, almacenamiento, importación, exportación, regulación y control de alimentos, productos y servicios agrícolas, así como los insumos necesarios para su producción.
    2. Privilegia el abastecimiento local a la comercialización del producto con fines capitalistas, lo que constituye una restricción a la extracción de alimentos de las zonas productoras hacia los mercados que paguen mayor precio por el producto, está regulación no es óbice, para la colocación de alimentos en los grandes mercados, pero asegura el consumo local a precios justos.
    Esta regulación también se materializa en el artículo 4 de la LOSSA, en las acciones que puede realizar el Estado para garantizar la Soberanía agroalimentaria, las cuales son: el establecimiento y cumplimiento de medidas que garanticen la supervisión, prosperidad y bienestar de los productores nacionales; la vigilancia, supervisión y control de las operaciones en las fases del ciclo productivo.
    De igual manera en el Artículo 5°, el estado regula cuando indica dentro de los objetivos de la seguridad agroalimentaria: la Facultad para el establecimiento de medidas de orden financiero, de intercambio y distribución comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, formación y capacitación y otras que fueren necesarias y cualquier otra actividad que determine el reglamento de la ley.
    Así mismo el artículo 12, faculta al Ejecutivo Nacional para establecer las escalas de productos en orden priorizado en las actividades de intercambio y distribución. Otros artículos especifican distintos tipos de regulaciones, los invito a leerse la ley.
    En este orden de ideas según el artículo 2 de la Constitución vigente, el Estado venezolano se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.
    El reconocimiento del Estado como social, según la doctrina nacional y extranjera, así como la jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

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  11. (sentencia N° 117 de 06/02/01, caso: Pedro Pérez Alzurut), implica que los órganos que ejercen el Poder Público están en la obligación no sólo de ajustar su conducta a la Constitución y a las leyes en un sentido negativo, esto es, a respetar y garantizar el ejercicio de los derechos individuales y evitar toda discriminación, sino también, en un sentido positivo, de adoptar las medidas indispensables para que las personas bajo su autoridad puedan disfrutar de los llamados derechos económicos, sociales y culturales (salud, educación, trabajo, seguridad social, etc.), a fin de consolidar entre los ciudadanos la existencia de una igualdad material, que complete la igualdad formal.

    Ahora bien, en lo que respecta a la seguridad y soberanía agroalimentaria en el marco del Estado Constitucional, el Estado Social no debe ni ha de comprenderse como opuesto o superior al principio del Estado de Derecho, mandato jurídico de optimización, conforme al cual los órganos que ejercen el Poder Público deben, entre otros aspectos, interpretar y aplicar los preceptos constitucionales y legales de manera estricta, garantizar la seguridad jurídica, justificar sus decisiones y, sobre todo, respetar y garantizar el ejercicio de los derechos constitucionales, entre los que se encuentran aquellos que son inherentes a la persona humana (vida, alimentación, libertad individual, libertad de pensamiento, propiedad, libertad de asociación, libertad económica, etc.). Ambos principios, vía juicio de ponderación en los casos difíciles, deben ser armonizados, en atención a otros principios fundamentales como el de progresividad de los derechos y el de interdependencia de los mismos, pues de lo que se trata es de perfeccionar, se supone, las conquistas políticas, jurídicas y sociales de las Revoluciones liberales de los siglos XVIII y XIX, y nunca de abandonarlas o renegar de ellas. Una de ellas, sin duda, es el Estado de Derecho.

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  12. REFLEXIÓN Y ANÁLISIS PLAN PATRIA
    Haciendo referencia al punto 11, del Plan Patria, La Gerencia dentro del tema “Soberanía Alimentaría”, en estos tiempos de revolución, se remonta en una estrategia donde la producción de la tierra con la aplicación de métodos que contribuyan a garantizar la alimentación de los ciudadanos compromete no solo el crecimiento y producción de las tierras, si no también el uso eficiente.
    De esta manera que el Plan Patria hace para el gerente una herramienta importante que permita profundizar la soberanía alimentaría, mas que una alternativa a la demanda del consumidor, el optimo consumo de los rubros alimenticios, esto hace que involucre estrategias educativas donde el objetivo es convertir a un ciudadano consumista en un ciudadano conciente que incorpora en su alimentación aspectos ambientales, de salud, culturales y de incentivo no solo a la producción si no al ahorro.

    Desglosemos estos aspectos de la siguiente manera:

    - Ambiental y Salud. Donde desde el que trabaja la tierra para la producción de rubros, hasta el consumidor refuerzan una conciencia ecológica, entendiendo que la desvalorización de la tierra y contaminación del ambiente, repercute negativamente en los mismos.

    - Cultural. Reflexionando desde la dependencia del petróleo, que como herencia deja no solo una conciencia consumista, si no de desconocimiento de nuestros propios rubros, para que entonces desde el plan Patria entendamos la necesidad de culturizarnos y asi poder iniciar y fortalecer nuestra identidad alimentaría.

    - Ahorro: El incentivo de comenzar una cultura alimentaría que da la oportunidad de experimentar una conciencia de ahorro e ingreso.

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